Écija – El Portal Temático Cultural

PARA BAÑARSE EN EL RÍO GENIL SE NECESITABA AUTORIZACIÓN MÉDICA por Juan Méndez Varo

PARA BAÑARSE EN EL RÍO GENIL SE NECESITABA AUTORIZACIÓN MÉDICA por Juan Méndez Varo
agosto 27
20:20 2017
Juan Méndez Varo

Juan Méndez Varo

Hablar de los múltiples beneficios que aporta y que nos ha aportado el río Genil a través de los siglos es obvio.  Ya alrededor de los siglos I a III de nuestra era se  puede documentar la importancia de Astigi,  como centro productor y envasador de aceite en el Imperio romano que se transportaba a través  del río.

Según Pedro de Molina, en su libro Grandezas y Cosas Memorables de España, en el siglo XVI existían numerosas norias movidas por el río Genil que elevaban el agua a grandes alturas para regar algodón, huertas y plantaciones de cáñamo y escribe que indudablemente, eran de origen musulmán. Este sistema se utilizó incluso para el abastecimiento urbano, pues ya en el siglo XVI existía en Écija una gran noria con un acueducto construido por Hernán Ruiz, que aprovechaba el Genil para surtir a la Ciudad de las Torres de agua para consumo doméstico.

Además de las norias en ambas márgenes se ubicaban batanes y un buen número de molinos harineros. Algunos de éstos se transformaron posteriormente en fábricas de energía eléctrica, siendo el Molino de “Cortés” el primero que suministró luz eléctrica a la ciudad. Tal es así que 1932 se constituye una compañía mercantil denominada “Hidroeléctricas del Genil,” para la producción y explotación de energía eléctrica. Esta empresa acomete los trabajos en la fábrica “Don Calixto” y el aprovechamiento de otro salto del rio titulado “El Batán”, en su margen derecha. También integraba en su objeto social la de fábrica de harina y electricidad titulada “La Giralda”.

Los molineros harineros llegaron a ser muy importantes para la economía y el abastecimiento de la ciudad y tomamos como ejemplo los conocidos como los Molinos de Escalera. Hasta cuatro se situaban aprovechando la importante azuda levantada paralela al famoso puente que da acceso a la ciudad: “El Batanejo”, “La Arbasa”,  “Cuatro Piedras” y “Malvecinos”. Estos dos últimos fueron reformados, a comienzos del siglo XX, en una moderna fábrica de harina llamada “Nuestra Señora del Rosario”; el Molino del Batanejo, se transformó  posteriormente en una popular fábrica de hielo que abastecía a los establecimientos de hostelería de la ciudad, y también, a las viviendas que tenían nevera, en aquellos tiempos un lujo.

Pero lo cierto es que el rio Genil ha servido también de disfrute y regocijo a los ecijanos, especialmente en la época estival, donde familias enteras gozaban  de sus cristalinas aguas para refrescarse y tener unas jornadas de encuentro y convivencia.  Los baños en el río Genil estaban regulados por las ordenanzas municipales.  Siendo alcalde Pablo Coello y Díaz,   con fecha 24 de diciembre de 1888, se modifican las ordenanzas (vigentes desde el año 1875) y se mandaron  imprimir en la imprenta  sevillana Establecimiento Tipográfico de  “El Progreso,” situada en la calle San Eloy.

bano-rio-genil-2

Según dichas ordenanzas corresponde al Ayuntamiento la concesión de las licencias para el establecimiento de baños en la ribera del rio Genil,  señalado “que la temporada de baños en el río, durara desde el primero de julio hasta el ocho de septiembre.  A tal efecto la alcaldía señalaba,  con la debida antelación, los sitios convenientes para los baños gratuitos, determinando los “que correspondan a cada sexo.”  Igualmente las ordenanzas prohibían  terminantemente “la reunión de personas de diferente sexo. En cuanto a los niños menores de diez años no podían bañarse solos, “pudiendo hacerlo cuando estén acompañados de persona interesada que cuide de ellos”. 

bano-rio-genil-3

Con el objetivo de cuidar el buen orden y del mantenimiento de la moral pública  estaba regulado que “todos los bañistas usaran, según su sexo, el traje que la decencia prescribe”.  Igualmente se regulaba  “entrar en los baños a toda persona ebria o privada de razón  y se prohibía toda clase de juego y alboroto dentro del agua, como también todo dicho ó hecho ofensivo la moral”.

En el artículo 344 de dichas ordenanzas se recogía expresamente “que después de la fecha señalada para el baño, es decir, desde primero de julio hasta el ocho de septiembre antes o después de las fechas, solo podrán bañarse los que justifiquen por certificación facultativa, la necesidad de tomar esta clase de medicamento, adquiriendo al efecto el competente permiso de la alcaldía”.  Indudablemente si los facultativos  expedían certificaciones para bañarse en el río Genil eran conscientes del estado de sus aguas,  y ello era otro beneficio más que aportaba el rio  a los ecijanos.  El río Genil  pues ha ofrecido un amplio y variado abanico de manifestaciones, usos y actividades de carácter público y social que a todos nos compete seguir manteniendo.

Juan Méndez Varo.

facebooktwittergoogle_plusredditpinterestlinkedinmailby feather

About Author

Información

Información

0 Comentarios

No hay comentarios todavía.

Lo siento no hay comentarios todavía, pero puedes ser el primero en comentar este artículo.

Escribe un comentario

Escribe un Comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada.
Los campos marcados son obligatorios *